Modificaciones de calendarios y vacaciones.

El día 24 hubo una negociación para cambiar el calendario laboral del Tren de Carril, ese día se llegó a un acuerdo «entendiendo» que era algo puntual y «entendiendo» la situación que nos argumentaban. En dicha reunión se destacó, por parte de la empresa, la necesidad de llegar a un acuerdo, sin tramitar en los organismos competentes el correspondiente expediente sobre modificación sustancial de las condiciones de trabajo, el cual debe cumplir unos plazos (15 días de consulta y 7 posteriores de información nominal a los trabajadores), dada la premura de la «grave» situación.

El día 28 se nos convoca para decirnos que ese acuerdo sobre el calendario y plantilla del Tren de Carril sobre la modificación quedaba en aguas de borrajas, pues tenían pedidos suficientes para seguir con el quinto turno y ya desestimaban la reducción de jornadas y por lo tanto el de turnos.

¿Parece ser que ahora la tendencia va ser trabajar a demanda?

Entendemos que las producciones puedan ser cambiantes, pero el que las plantillas y calendarios se ajusten constantemente a la planificación de las producciones de los talleres NO.

Ese mismo día 28 se nos comunica el deseo de rebajar de 4 equipos de trabajo a 3 en el taller de Alambrón, argumentando falta de cartera y demás. Recordar que hace cuatro meses este taller ya sufrió un cambio de calendario.

Desde la CSI insistimos en todo momento en la reunión de que esto ya sobrepasa el límite de modificar constantemente a gusto de las instalaciones aprovechando cualquier ocasión para modificar calendarios y vacaciones a su antojo.

El cambio de postura de la empresa sobre la modificación de calendario en menos de tres días (Tren de Carril) evidencia que no podemos ser participes de estos tipos de actuación que quedan fuera del marco legal. No podemos estar constantemente consintiendo una merma de los derechos de los trabajadores (conocimiento de calendario laboral el año anterior y conocimiento calendario vacacional en el primer trimestre).

Podemos entender la excepcionalidad de la situación, pero no asumimos los constantes cambios de calendarios a toque de corneta de la empresa y al margen del amparo de lo legal (en un caso excepcional puede valer como algo muy esporádico, tomarlo por rutina NO).

¿Acabaremos esperando en las entradas a diario para ver cuantos necesitan ese día?

¿Pretenden disponer de una plantilla única que trabaje según el taller que tire?

¿Se pretende que los «excedentes» de los talleres se convertirán en cubrevacaciones en los demás talleres?

Por lo tanto entendemos que si la empresa quiere hacer un cambio de calendario deberá acudir al cauce legal, donde están amparados nuestros derechos y dicho tramite queda resgistrado oficialmente para su posterior uso.

Solo el grupo protege.✊🏻

CORRIENTE SINDICAL D’IZQUIERDA EN ARCELORMITTAL 




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